Condena por Grooming en Argentina ?
Condenan por corrupción de menores a un individio que acosaba niños con falsos perfiles de facebook.
Aclaratoria: A nuestro entender, las IP no significan identidad de una persona sino solamente el nro. De conexión asignado por las compañías ISP a sus clientes. Ese servicio puede ser utilizado por cientos de personas, no existe una falta del deber de cuidado del cliente de la ISP, cuando no toma las precauciones de seguridad como el control de accesos, las claves o la identificación de las terminales en caso de múltiples ordenadores. Muchos usuarios tienen wi-fi abierto, como calves fáciles de detectar, lo que permite que la señal wi-fi con la IP asignada al cliente también sea usada a discreción por terceros.
Es por ello que son indispensables incorporar más elementos probatorios para configurar el ilícito como informacion, logs, y material secuestrado mediante allanamientos.
En su perfil, se llamaba Sole, de 10 años. Pero tiene 26 y un tribunal de Necochea le dio diez años de cárcel. En su computadora hallaron vínculos con 70 chicos de todo el país y muchos videos perversos. España pidió que lo investiguen por participar de un foro de pedofilia.
6/06/13 – 18:49
Decía que se llamaba ‘Sole’, que tenía 10 años y su foto de rubia angelical era su tarjeta de presentación en el Messenger y en Facebook. Sin embargo, su verdadera identidad era LNF, de 26, vivía en Zárate, y fue condenado a 10 años de prisión por corrupción de menores. La víctima fue una chiquita de 9 años de Necochea, aunque en la computadora del imputado hallaron más de 70 contactos de chicos y cientos de videos perversos: “Se veía a nenes de unos 8 años teniendo sexo con una naturalidad como si tuvieran 30; había violaciones y hasta imágenes con bebés”.
El Tribunal Criminal N°1 de Necochea fue quien ayer condenó a 10 años de prisión a Fragosa por encontrarlo penalmente responsable del delito de “promoción de la corrupción de menor agravada por la edad de la víctima y su comisión mediante engaño”.
El caso de Necochea por el que fue condenado Fragosa –que trabajaba como operario en una automotriz- se inició en 2010, cuando el papá de una nena advirtió el contenido de los mensajes que recibía su hija de ‘Sole’. “Le escribía ‘quisiera hacerte’ tal o cual cosa y ese tal o cual cosa eran cuestiones sexuales. Algo muy grave”, explican desde la Fiscalía General a Clarín.
El papá de la chiquita hizo la denuncia, se ordenó una pericia de la computadora familiar y así se dio con el IP (algo así como DNI de la máquina) del sospechoso. Se descubrió que vivía en Zárate y se ordenó un allanamiento en su vivienda y la compulsa (pericia) de la notebook de Fragosa.
“Hallaron videos de alto contenido sexual: filmaciones de nenes teniendo sexo entre sí, con mayores, de una violación. Algunos eran muy violentos y otros involucraban hasta bebés”, señalan desde el entorno de la fiscal Analía Duarte, quien durante el juicio a Fragosa había reclamado la pena de 13 años por considerar que se trata de un delito de peligro difuso en el que puede haber “infinidad de damnificados y todos son menores”.
Es más, en la computadora del condenado también se encontraron que ‘Sole’ tenía contactos con, al menos, 73 chicos (de varias provincias y de la Capital), más el de la nena por la que se inició la causa. Y que, también, Fragosa participaba de foros de pedófilos.
Y en ese punto, ahora también se lo investiga a Fragosa en la Justicia Nacional –por un requerimiento de Interpol España- por participar en un foro internacional de pedófilos donde se intercambiaban imágenes pornográficas de menores.
En España, el ‘Grooming’ está penado por la ley. ¿Qué es el ‘Grooming’? Se define como las “acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexualmediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un encuentro sexual, posiblemente por medio de abusos”.
El ‘Grooming’ tiene varias etapas. Primero, el adulto genera unarelación de confianza con el menor. “Por medio de una red social, se hacen pasar por chicos. Después, le sigue la erotización de la relación ya sea diciéndole cosas que le haría o que conoce y la menor engañada no, mandándole fotos o videos”, se explayan en la Fiscalía de Necochea.
Y advierten: “Luego, llega la parte en la que el mayor le pide fotos, diciéndole algo así como ‘mostrame la colita’. Y va subiendo de tono el pedido hasta que llegan al punto de la extorsión para que le envíe fotos más jugadas y, luego, como van cayendo las barreras de inhibición del pedófilo, se pasa de la relación virtual a la real y se da el abuso; y hasta de tráfico de niños y trata”.
Fragosa está con prisión preventiva desde 2012 y, tras la condena, fue derivado al penal de Batán, aunque su abogado defensor ya presentó la reserva para apelar el fallo en Casación.
Fuente : clarín.com
Codigo penal Argnetino Art. 125.- El que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión de tres a diez años.-
La pena será de seis a quince años de reclusión ó prisión cuando la víctima fuera menor de trece años
Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión ó prisión de diez a quince años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda.-
(Nota: texto conforme ley Nº. 25.087)