La Fiscalía no considera delito la recogida de datos telefónicos que la NSA hizo en España
La Fiscalía considera que la “recogida masiva de metadatos generados por comunicaciones de telefonía móvil” relacionadas con España que realizó la Agencia Nacional de Seguridadestadounidense (NSA) no tiene carácter delictivo y que “no hay indicios que permitan presumir que se haya accedido a información de carácter privado o íntimo de persona alguna, ni que se hayan interceptado o intervenido comunicaciones en España o de ciudadanos españoles”.
La Fiscalía considera que la “recogida masiva de metadatos generados por comunicaciones de telefonía móvil” relacionadas con España que realizó la Agencia Nacional de Seguridad estadounidense (NSA) no tiene carácter delictivo y que “no hay indicios que permitan presumir que se haya accedido a información de carácter privado o íntimo de persona alguna, ni que se hayan interceptado o intervenido comunicaciones en España o de ciudadanos españoles”.
Así consta en un decreto de la Fiscalía Coordinadora Nacional contra laCriminalidad Informática por el que se archivan las diligencias informativas que este departamento abrió el pasado 29 de octubre después de que el diario ‘El Mundo‘ informara de que, según determinados documentos obtenidos por el exanalista Edward Snowden, la NSA había espiado “60 millones de llamadas en España en un solo mes”.
El Ministerio Público señala que la herramienta utilizada para la recogida de datos, denominada ‘Boundlessinformant (informante sin fronteras)’, sólo se utiliza para “el análisis a efectos estadísticos de flujos masivos de información sobre comunicaciones” aunque “no consta que pueda ser utilizada para la interceptación o intervención de comunicaciones ni para el acceso a contenidos materiales de dichas comunicaciones”.
“Es evidente que no existe indico alguno, con base en la documentación disponible, de que efectivamente a través de esta herramienta o de cualquier otro instrumento informático, se haya realizado intervención, interceptación o captación de metadatos de cualquier tipo”, señala el informe de la Fiscalía en referencia a “comunicaciones específicas debidamente individualizadas, bien sea en atención a los comunicantes o a los aparatos o equipos utilizados en la transmisión con origen o destino en España o en las que hayan intervenido ciudadanos españoles o residentes en nuestro país”.
ANÁLISIS DE POLICÍA Y GUARDIA CIVIL
El Ministerio Público, que llega a estas conclusiones a partir de un análisis que realizó la Unidad de Investigación Tecnológica del Cuerpo Nacional de Policía y el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, concluye que la herramienta se utilizó únicamente para el “análisis de flujos de comunicación y tratamiento estadístico” de la información.
En este sentido, señala que no consta que este dispositivo “permita acceder a metadatos de forma individualizada” y que “ni mucho menos existen indicios de que se haya observado una conducta de esta naturaleza”.
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