España: Cometer un delito en redes sociales no será un agravante
El uso de las redes sociales para cometer un delito no será un agravante, ya que el Ministerio del Interior ha renunciado a que se castigue de forma más dura un acto si se ha producido en estas plataformas. Esta decisión entronca directamente con la polémica de la utilización de Twitter o Facebook para hacer apología del asesinato y para cometer delitos de odio.
La propuesta de que lanzar un mensaje a través de las redes sociales fuese un agravante surgió pocos días después del asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco; cuando el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, dijo que había que “limpiar” Internet de “miserables”. De esto hace ya un mes y medio, y ahora el Gobierno deja a un lado su pretensión de introducir en el próximo Código Penal el uso de estas plataformas como agravante. “La mayoría de los delitos que se pueden cometer en la red ya están contemplados en la actual legislación. Se trata de aplicarlos con mayor concienciación de las autoridades judiciales y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, aseguran fuentes del Ministerio.
Desde el Ministerio no aclaran si la decisión se ha tomado desde el mismo órgano o ha intervenido el Ministerio de Justicia. “En la reforma del Código Penal que se tramita en el Congreso ya se reconoce potencialidad que tienen las redes sociales para cometer algunos delitos”, aseguran desde Interior. La propia vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, habría planteado aplicar una reforma mayor que la que proponía el propio Ministro del Interior.
El Ministerio pretendía que el texto se redactase de acuerdo”a la capacidad y el potencial que tienen los autores de algunos delitos cuando utilizan las redes sociales, por el gran número de personas al que llegan”. Se trataba de castigar con mayor dureza los delitos ya existentes que fuesen cometidos a través de Internet. La realidad penal española, sin embargo, nos dice que la difusión es inherente a delitos como el enaltecimiento del terrorismo, la incitación al odio o la apología del genocidio. Es decir, que ya está castigado. El Código Penal también castiga las amenazas de asesinato a cualquier figura pública, incluso con penas que pueden llegar a ser superiores a las de homicidio. Los delitos de honor, como injurias, calumnias o amenazas cuentan ya con un agravante si han sido difundidos como publicidad, por lo que hacerlo por las redes sociales también estaría dentro de este caso.
Fuente: www.Delitosinformaticos.com
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